El Código Estructural, que regula las estructuras de hormigón, tanto de edificación como de obra civil, se encuentra en vigor desde el mes de Noviembre de 2021. Y sustituye a la anterior Instrucción de Hormigón Estructural EHE-08.
La Dirección Facultativa, en representación de la propiedad, deberá efectuar las comprobaciones de control suficientes que le permitan asumir la conformidad de los productos, de la ejecución y de la estructura, en relación a los requisitos básicos para los que ha sido concebida y proyectada. Para ello, deberá aprobar un Programa de Control de Calidad para la obra, que desarrolle el Plan de Control incluido en el Proyecto.
A destacar, en lo que nos compete, que en este Programa en su apartado de conformidad de los productos, se deberá incluir el control a realizar durante el suministro de hormigón, siguiendo las indicaciones del artículo 57.5 del Código Estructural. Donde se indicará la modalidad de control, los criterios de aceptación y rechazo, el tamaño de los lotes para el control de la resistencia, etc.
A nivel general, los ensayos contemplados en el Código Estructural y de obligado cumplimiento, y que deberán estar incluidos en dicho programa serán:
- Hormigón:
- Resistencia a compresión a 28 días.
- Determinación de la consistencia.
- Barras de acero corrugado:
- Límite elástico, carga de rotura y alargamiento.
- Doblado y desdoblado.
- Características geométricas y sección equivalente.
Para el resto de materiales y elementos constructivos no incluidos en el Código Estructural, para control de su conformidad, se podrían realizar, entre otros los siguientes ensayos:
- Mortero:
- Resistencia a flexotracción y compresión.
- Cubiertas:
- Prueba de estanqueidad.
- Suelos:
- Próctor modificado y densidad in situ.